La LOPD exige una serie de requisitos a la hora de instalar cámaras de video vigilancia en establecimientos comerciales. Dicha normativa se aplica a cualquier mecanismo que capte y/o registre imágenes, transifiera, almacene o guarde, así como la reproducción en tiempo real con fines de seguridad.

Toda empresa o particular que tenga un sistema de videovigilancia han de estar inscritos en la AEPD, figurando todas las licencias y renovaciones, así como informar y advertir que dicho sistema esta siendo ejecutado. El no cumplimiento de la normativa acarrea fortísimas sanciones que pueden llegar a los 300.000 €.

Auditor LOPD se encarga de todo el procedimiento y de futuras actualizaciones.

Adaptación de la Video Vigilancia a la normativa


Inscripción en FicherosInscripción en ficheros
Inscripción en el fichero de la AGPD correspondiente

Carteles informaitvos Auditor-LOPDCarteles informativos
Cartelería personalizada para informar y advertir del uso de un sistema de videovigilancia en tu local.